El pasado mes de diciembre , en un proceso tramitado por el Departamento de familia del Bufete Amoros , ante los antiguos Juzgados de Primera Instancia de Valencia número 9, se ha obtenido un Auto , medidas urgentes de protección al amparo del artículo 158 del Código Civil.
El procedimiento se tramitó como expediente de jurisdicción voluntaria y, tras la comparecencia judicial y la intervención del Ministerio Fiscal, las partes alcanzaron un acuerdo que fue aprobado por el Juzgado por considerarlo conforme al interés superior de los menores.La resolución revoco entre otras medidas la guarda compartida , y fijo una pensión de alimentos para cada uno de los menores .
Este caso refleja cómo el artículo 158 del Código Civil permite a los tribunales actuar con rapidez cuando es necesario proteger a los menores y garantizar su estabilidad.


